El litigio fiscal es un procedimiento legal que se lleva ante las Salas Regionales del H. Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), a través de las cuales, los particulares, gobernados y/o contribuyentes combaten o impugnan los diversos actos administrativos definitivos emitidos por las autoridades fiscales federales, con el objeto de que las mencionadas Salas competentes por razón de territorio (atendiendo al lugar donde se encuentre el domicilio fiscal del demandante), resuelvan las contiendas sometidas a su potestad de manera imparcial.
¿Qué actos se impugnan o combaten en un litigio fiscal?
Los actos que los contribuyentes impugnan y por los que insta un litigio fiscal son:
- Decretos y acuerdos de carácter general que no sean reglamentos.
- Resoluciones dictadas por autoridades fiscales federales u organismos fiscales autónomos que determinen una obligación fiscal, fijen una cantidad líquida o establezcan bases para su liquidación.
- Resoluciones que nieguen indebidamente una devolución.
- Multas por infracciones administrativas.
- Actos que causen agravio fiscal.
- Resoluciones que nieguen o reduzcan pensiones del ejército, fuerza aérea o armada nacional.
- Resoluciones sobre pensiones civiles del Estado.
- Fallos en licitaciones, interpretación o cumplimiento de contratos de obra pública, adquisiciones, arrendamientos y servicios.
- Actos relacionados con comercio exterior.
- Procedimientos administrativos concluidos en una instancia.
- Resoluciones que resuelvan recursos administrativos.
- Actos derivados de un tratado o acuerdo internacional.
- Resoluciones que se configuren por negativa ficta (fiscal) o positiva ficta (demás materias).
- Sanciones administrativas a servidores públicos.
- Resoluciones que impongan sanciones.
- Sanciones o resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de la Federación.
- Actos que requieran el pago de garantías a favor de la Federación.
- Resoluciones que nieguen indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado.
Qué se necesita para iniciar un litigio fiscal?
- Preparar la demanda: Presentar el documento de manera escrita o a través del Sistema de Justicia en Línea del citado TFJA.
- Adjuntar pruebas: Incluir la resolución impugnada (con las excepciones señalas en la ley de la materia), así como las pruebas que demuestren sus argumentos.
- Cumplir con los plazos: La demanda de nulidad debe presentarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación del acto impugnado.
- Asesoría profesional: Contar con un abogado especializado en derecho fiscal que te guíe durante el proceso es fundamental para aumentar las probabilidades de éxito.
Partes en el Juicio Contencioso Administrativo
Las partes en el juicio son:

- Demandante:
- El particular que impugna el acto. Cuando la autoridad es la demandante, se trata de un juicio de lesividad (Art. 36 CFF).
- Demandados:
- La autoridad que dictó la resolución impugnada.
- El Jefe del Servicio de Administración Tributaria (SAT) o el titular del organismo desconcentrado o descentralizado, según corresponda.
- El particular que tenga una resolución a su favor y esta afecte a la autoridad.
- Tercero:
- Aquel que tenga un derecho incompatible con las pretensiones del demandante.
Defensa Fiscal
Una defensa fiscal sólida requiere un conocimiento profundo en el marco legal y una estrategia basada en la experiencia en procedimientos administrativos y judiciales. Entre las más comunes se incluyen:
- Presentación de recursos administrativos.
- Llevar el litigio ante tribunales fiscales para un juicio y resolver la controversia.
- Juicios de amparo directo e indirecto.

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